Información sobre la inscripción a la cuadrilla de costaleros
La Hermandad de la Macarena comunica la apertura del plazo de inscripción para los hermanos mayores de edad interesados en formar parte de la cuadrilla de costaleros.
Las solicitudes podrán presentarse desde el día 29 de diciembre de 2025 hasta el 12 de enero de 2026, ambos inclusive, de forma presencial en el espacio de Atención al Hermano de la Casa Hermandad, en horario de 10:00 a 14:00 horas y de 17:00 a 21:00 horas, de lunes a viernes, o bien de forma telemática.
En este último caso, el formulario deberá descargarse y remitirse debidamente cumplimentado a la dirección de correo electrónico: costaleros@hermandaddelamacarena.es
Los hermanos que actualmente pertenezcan a la cuadrilla deberán formalizar igualmente su inscripción.
A continuación, se detallan las Ordenanzas recogidas en el Reglamento de Régimen Interno de la Hermandad en relación al Capataz y a los Costaleros:
Ordenanza 29ª: la Junta de Gobierno podrá decidir que los Pasos de Nuestros Sagrados Titulares sean portados por Hermanos.
Ordenanza 30ª: la Junta de Gobierno nombrará un Capataz General para que se responsabilice de los aspectos técnicos en la conducción de los Pasos y en los ensayos previos, así como de poner el máximo empeño en salvaguardar la integridad física de los Costaleros. Este nombramiento tendrá carácter anual.
La Junta de Gobierno nombrará, una vez escuchada la propuesta del Capataz General, uno o más Capataces auxiliares para que colaboren con aquél en dichas tareas. El Capataz General se responsabilizará de que éstos cumplan, en cada caso, todo lo dispuesto en este Reglamento.
Ordenanza 31ª: en caso de que la Junta de Gobierno decidiera que los Pasos de Nuestros Sagrados Titulares sean portados por Hermanos, aquellos que, cumpliendo los requisitos para participar en la Estación de Penitencia, tengan mayoría de edad y deseen hacerlo como Costaleros, deberán solicitarlo en la forma y plazo que establezca la Junta de Gobierno.
La solicitud del aspirante tendrá carácter anual, pudiéndose solicitar para ambos Pasos, y deberá ir firmada por el Hermano. En dicha solicitud, el peticionario deberá comprometerse a no formar parte como Costalero de ninguna otra Cofradía que procesione entre el Miércoles Santo y el Viernes Santo, ambos inclusive, durante la Semana Santa próxima.
Revisadas todas las peticiones, y oído el Capataz General, el Diputado Mayor de Gobierno propondrá a la Junta de Gobierno para su aprobación la Nómina de Costaleros de la Cofradía. Para ello, ésta tomará en consideración la valoración técnica y física realizada por el Capataz General y otros criterios de antigüedad como aspirante, participación, colaboración e integración en la vida de la Hermandad.

